Buenos Aires, 04 octubre de 2021 - La Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), UNICEF y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) recomiendan que el proyecto de Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (más conocido como Ley de Etiquetado Frontal), que ya cuenta con media sanción del Senado, con dictamen favorable de comisiones de Diputados y que será tratada en la Cámara de Diputados de la Nación, se apruebe sin cambios y sin más demoras.
Se trata de un proyecto de ley integral que comprende una serie de regulaciones; la más conocida refiere al etiquetado frontal de productos comestibles y bebidas sin alcohol, con exceso de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio, y aplica los criterios del modelo de Perfil de Nutrientes de la OPS. Esta herramienta, que apoya a los países de la región, fue desarrollada para cumplir con las metas de ingesta de nutrientes determinadas por la OMS y, de esa forma, proteger la salud de la población, especialmente la de niños, niñas y adolescentes, al contemplar sus necesidades específicas. Entre otros puntos del proyecto, se destacan los que se centran en la protección de los entornos escolares y la regulación de la publicidad, promoción y patrocinio de productos comestibles no saludables dirigidos a los chicos y las chicas.
La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable constituye una medida clave para la prevención del sobrepeso, la obesidad y otras enfermedades no transmisibles relacionadas con la alimentación, que constituyen la principal causa de enfermedad y muerte en nuestro país. Una mala alimentación a causa de la ingesta de productos no saludables deriva en factores de riesgo como la obesidad, la presión arterial alta o la glucosa sanguínea elevada. Una parte esencial para mejorarla es la puesta en marcha de políticas regulatorias, tales como el etiquetado en la parte frontal del envase para informar sobre el exceso de nutrientes críticos en un producto destinado a la población, y la restricción de la comercialización de productos no saludables para niños y adolescentes, entre otras.
Las tres organizaciones de las Naciones Unidas consideran que si mañana la Cámara de Diputados sanciona la ley tal como fue aprobada por el Senado de la Nación y en base al dictamen del plenario de comisiones, hará que la Argentina “dé un paso sustantivo y ejemplar en la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en la mejora de la alimentación y en la salud pública, previniendo enfermedades, discapacidad y muertes”, según el posicionamiento conjunto que las tres agencias publicaron sobre el proyecto.
Este proyecto capitaliza las experiencias y evidencias generadas a nivel nacional e internacional con relación al etiquetado frontal de alimentos, al mejoramiento de los entornos alimentarios escolares y a la protección de la población infantil de la publicidad, promoción y patrocinio de productos comestibles no saludables. Varios estudios realizados a nivel internacional muestran que la implementación del rotulado frontal desalienta el consumo de productos no saludables y genera ahorros al Estado, derivados de su efecto positivo en la salud. Además, la experiencia de otros países exhibe que con una ley de este tipo no se produjeron pérdidas de empleo o de salario entre los trabajadores.
OPS/OMS, UNICEF y FAO han realizado durante todo el año diversas campañas de concientización y sensibilización, con el objetivo de alertar sobre la falta de información clara en el etiquetado de los productos alimentarios y bebidas sin alcohol, y sobre la necesidad de contar con una ley nacional que incluya la incorporación de advertencias sanitarias en el frente de los envases.
Enlaces de interés:
- Página web sobre etiquetado frontal de advertencias sanitarias en Argentina
- Página web sobre el Modelo de perfil de nutrientes de la OPS
Contacto para medios
- Florencia Guedes | OPS/OMS en Argentina | guedesmar@paho.org | 11 4411-4607