Habiendo examinado la Estrategia y Plan de acción para la salud integral de la niñez (documento CSP28/10); Teniendo en cuenta la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas y otros instrumentos de derechos humanos internacionales y regionales en los que se establece el derecho de los niños a gozar del grado máximo de salud que sea posible lograr.
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