La OPS saluda la aprobación de la ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y adolescente

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Lima, 4 de agosto, 2020 (OPS).- La Organización Panamericana de la Salud (OPS) saluda aprobación de la Ley de Urgencia Médica para la detección Oportuna y Atención Integral del Cáncer del Niño y Adolescente. El martes 14 de julio, en la Comisión de Salud del Congreso, fue aprobado un texto sustitutorio del Dictamen de la Ley de Cáncer Infantil en el Perú. El día 31 de julio fue agendada y aprobada por el Pleno del Congreso de la República y está a la espera de promulgación por el Ejecutivo.

De acuerdo a las cifras reportadas por el Ministerio de Salud, alrededor de 1800 niños y adolescentes serán afectados por cáncer cada año en Perú. Sin embargo, según cifras oficiales solo se registran alrededor de 1350 niños y adolescentes con cáncer por año, por lo que existiría un subregistro o subdiagnóstico de al menos de 450 niños, quienes no acceden a ningún tipo de diagnóstico o tratamiento. El 69% de los casos llegan en estadios avanzados y la tasa de mortalidad supera el 50%, esta cifra representa doble de países como Chile y el triple de Estados Unidos. En relación con el abandono del tratamiento, el 18.4% de niños diagnosticados y con tratamiento en curso, morirá por abandonar su tratamiento, principalmente, por razones socioeconómicas. La muerte temprana de un menor es una gran pérdida para la sociedad, siendo hoy el cáncer la primera causa de pérdida de años de vida en el grupo de niños y adolescentes.

La aprobación de esta ley va en línea con los compromisos asumidos por el país en el marco de la Iniciativa Global contra el Cáncer Infantil de la OMS, Perú fue designado como el primer país focal en la Región de las Américas para la lucha contra el Cáncer Infantil en el año 2019, con el objetivo de acelerar los esfuerzos de detección temprana y control del cáncer en los niños y adolescentes, el cual cobra al menos 600 vidas cada año.  

La ley del cáncer infantil aprobada tiene como objetivo, garantizar la cobertura universal de salud para el diagnóstico precoz y todos los tratamientos de cáncer en todos los niños y adolescentes, independientemente de que cuente o no con un seguro de salud, hasta que cumpla 18 años de edad y desde la sospecha clínica de cáncer. Incluye por primera vez a los pacientes que cumplen 18 años en pleno tratamiento permitiendo que puedan culminarlo completamente. También, Crear el Programa Nacional de Cáncer en Niños y Adolescentes, que se encargará de la planificación de actividades para la mejora de la atención del niño con cáncer y un Registro Nacional de Cáncer Pediátrico.

El dispositivo legal apunta a brindar soporte socioeconómico a los padres. Establece licencia con goce de haber en sus centros laborales a los padres de los niños y adolescentes con diagnóstico de cáncer; de no contar con un empleo formal, se otorgará un bono equivalente a 2 remuneraciones mínimas vitales al padre o madre durante el tiempo que dure el tratamiento oncológico hospitalario.

Reconocemos los esfuerzos que viene realizando el Perú en la prevención y el control de enfermedades no transmisibles, dirigidos a alcanzar la salud y el bienestar de su población. Esta medida va en línea con los ejes de política gubernamental al Bicentenario, sobre asegurar el desarrollo social y bienestar de la población.  Junto con mejorar la adherencia al tratamiento de la población infantil, la disposición permitirá no exponer a los usuarios de estos servicios a dificultades financieras, en particular los grupos en situación de vulnerabilidad. La OPS reitera su compromiso de trabajar estrechamente para garantizar la atención de los niños y adolescente con cáncer en el Perú.