La ley, que la OPS ha apoyado, también prohíbe totalmente la publicidad, promoción, y patrocinio de productos de tabaco.
Washington, D.C. 17 de diciembre, 2021 (OPS) La Organización Panamericana de Salud celebra la reforma de la Ley General para el Control del Tabaco, aprobada esta semana por el Senado de México, con la que se establece ambientes 100% libres de humo de tabaco y emisiones en todos los lugares públicos y de trabajo cerrados, así como la prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco.
Las dos medidas contempladas en la reforma recién aprobada son consideradas “mejores inversiones” o “best buys” para la prevención y control de las enfermedades crónicas no transmisibles. Es decir, forman parte de las medidas de control del tabaco más costo-efectivas necesarias para combatir la epidemia de tabaquismo. “Esta enmienda supone un avance histórico de México en sus políticas de lucha contra el tabaquismo y reivindica su papel como uno de los líderes en la lucha antitabáquica en el mundo”, afirmó el Dr. Cristian Morales Fuhrimann, representante de la OPS en México.
La OPS prestó su apoyo hacia la aprobación de la ley, aportando evidencia sobre la costo-efectividad de las medidas para contrarrestar los argumentos de la industria del tabaco. La OPS presentó evidencia al cuerpo legislativo de México y demostró que la ley reformada está en consistencia con los requisitos del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT).
La prevalencia del consumo diario de tabaco en México experimentó un descenso de 13.5% a 7.7% del 2002 a 2009, pero después se mantuvo prácticamente constante hasta la fecha. Cada año mueren en el país más de 63,000 personas por causas atribuibles al consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco, lo que representa el 10% de las muertes en el país.
El proyecto de ley aprobado ahora por el Senado - sin ningún voto en contra, al igual que en la Cámara de Diputados el pasado mes de abril- es consistente con el Convenio Marco, ratificado por México en 2004, siendo el primer país de la Región que lo hizo.
La prohibición de consumir tabaco en todos los lugares públicos y de trabajo cerrados está en línea con el Artículo 8 del CMCT. Con México, son ya 24 los países de las Américas que han establecido esta medida. La prohibición total de la publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco está contemplada en el artículo 13 del Convenio Marco. México se convierte en el noveno país de la Región en implementarla.
La presente administración ha impulsado otras medidas en control del tabaco, como el decreto que prohíbe la importación y exportación de los productos de nicotina y tabaco novedosos y emergentes, así como las advertencias sanitarias en el empaquetado y etiquetado de los productos de tabaco que informan sobre el riesgo asociado de fumar y de padecer gravemente por infección de COVID-19, medidas que le han valido incluso un reconocimiento por parte de la OMS.
La decisión por ello es especialmente significativa en el contexto de la pandemia de COVID-19 al ser el tabaco el único factor de riesgo común a los cuatro principales grupos de enfermedades no transmisibles y, como se sabe, nunca se ha visto una relación tan letal entre una enfermedad infecciosa (COVID-19) y las enfermedades no transmisibles. “La pandemia no eliminó la necesidad de aprobar estas medidas de control de tabaco, por el contrario, la reforzó”, concluyó el Dr. Morales.
La aprobación de esta enmienda consolida una intensa lucha de 13 años, por impulsar que el país alcance las medidas esenciales dispuestas en el CMCT. La lucha fue encabezada por las autoridades nacionales, principalmente del sector sanitario, en conjunto con organizaciones de la sociedad civil, el sector académico nacional e internacional, y organismos internacionales, entre ellos, la OPS.
La reforma aprobada por México se alinea con otros compromisos internacionales asumidos, principalmente, en la Estrategia y Plan de Acción para Fortalecer el Control del Tabaco en la Región de las Américas 2018-2022 (líneas estratégicas 1 y 2) y las metas 3.4 y 3.a del Objetivo de Desarrollo Sostenible 3 (salud y bienestar).