Hacia Buenas Prácticas de Farmacia en Servicios de Salud
La revisión del Estándar Nacional de BPFH desde la perspectiva de APS pretende fortalecer el marco teórico poniendo el foco en las personas usuarias de los servicios farmacéuticos, proponiendo procesos que integren a los técnicos y profesionales de las farmacias al equipo de salud, con servicios profesionalizados que agreguen valor diferencial en el continuo de atención a las personas.
Farmacia Hospitalaria o de segunda categoría es una denominación definida por la legislación vigente en Uruguay - Ley 15.703 - y comprende todos los servicios farmacéuticos que se brindan en un prestador de salud, en internación o de forma ambulatoria tanto en hospitales como en servicios del Primer Nivel de Atención.
El Estándar con perspectiva de APS, convoca a la noción de Buenas Prácticas de Farmacia en Servicios de Salud, en tanto es aplicable a todos los servicios de farmacia dirigidos a usuarios de diferentes ámbitos de las instituciones prestadoras de salud comprendiendo: sanatorio u hospital, centro de salud, policlínica o servicio descentralizado, incluso a nivel domiciliario.
En todos estos ámbitos nombrados por nuestra legislación como farmacias hospitalarias los servicios de farmacia pueden implementar y trabajar bajo el estándar y desarrollar sus procesos con visión de APS. Se instala el desafío de acompasar las denominaciones a la diversidad de prácticas farmacéuticas en los distintos niveles de atención, que despliegan una gran riqueza de aprendizajes y experiencias.
Elaborador por la Asociación de Química y Farmacia del Uruguay con el apoyo de la Organización Panamericana de la Salud
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