Las instituciones establecidas formalmente que pueden reunir los requisitos para la designación incluyen departamentos de universidades, institutos de investigación, hospitales o academias. Algunas dependencias gubernamentales también pueden reunir los requisitos para la designación. La designación se limita normalmente al departamento, la división, el laboratorio, la unidad u otra parte específica que colabora con la OMS. Las instituciones elegibles pueden ser públicas o privadas, pero no deben ser entidades comerciales o con fines de lucro. Dos o más instituciones separadas o divisiones distintas de una misma entidad en diferentes ubicaciones no pueden compartir una única designación como CC de la OMS.
Para que se considere su designación como CC de la OMS, las instituciones elegibles deben satisfacer todos los criterios siguientes:
1. El alto nivel científico y técnico de la institución en el orden nacional y en el internacional;
2. El lugar destacado que la institución ocupe en la estructura sanitaria, científica y docente del país;
3. La alta calidad de su dirección científica y técnica, así como la importancia numérica y los conocimientos de su personal;
4. Las perspectivas de estabilidad de la institución desde el punto de vista de su personal, de sus actividades y de su financiamiento;
5. Las sólidas relaciones de trabajo que la institución haya establecido con otras instituciones del país y de otros países y a nivel regional y mundial;
6. La aptitud, la capacidad y la disposición de la institución para contribuir de forma individual y en el marco de redes a las actividades de la OMS, ya sea mediante el apoyo a programas nacionales o participando en actividades internacionales que se desarrollen en cooperación;
7. La pertinencia técnica y geográfica de la institución y de sus actividades para las prioridades del programa de la OMS;
8. El cumplimiento satisfactorio de al menos dos años de colaboración de la institución con la OMS en el desempeño de actividades planificadas conjuntamente.
Las instituciones que no son elegibles para la designación incluyen organizaciones intergubernamentales internacionales, organizaciones no gubernamentales internacionales y nacionales y organismos similares con una estructura de membresía, incluidas asociaciones profesionales o fundaciones que recaudan recursos para actividades de desarrollo de la salud, así como redes, grupos de trabajo, asociaciones o programas.