Causa básica de defunción

CONSULTA 

| 27 Dic 2018 | 

Autor: Marisol Peña

Institución: ISSSTE

Cargo / Puesto: Lic. Administración

País: México

Se trata de masculino de 71 años de edad, el cual se ingresa por datos de dificultad respiratoria, hiporexia, motivo por el cual se decide su ingreso a hospital, con una evolución torpida por patología de base (fibrosis pulmonar/ desnutrición).

Me podrían apoyar si es correcta la causa básica de defunción. El médico tratante en el certificado de defunción y egreso hospitalario anoto estos diagnósticos.

A) COR PULMONALE 6 MESES         : I27.9

B) FIBROSIS PULMONAR 8 AÑOS     : J48.1

C) BRONQUIECTASIAS 15 AÑOS      : J47.X

D) ENFERMEDAD PULMONAR OBSTRUCTIVA CRÓNICA    : J44.9

PARTE II

A) TABAQUISMO  55 AÑOS      : T65.2

       DESNUTRICIÓN               : E46.X

CB: J44.8

 

RESPUESTA DEFINITIVA GRUPO COLEGIADO

27 Abr 2019

Estimada Marisol de acuerdo a lo planteado, en el certificado de defunción el médico registró:

Parte I

a) Cor pulmonale          6 meses     I27.9

b) Fibrosis pulmonar      8 años       J84.1

c) Bronquiectasias          15 años      J47

d) Enfermedad pulmonar obstructiva crónica J44.9

Parte II

Tabaquismo                 55 años       F17.2

Desnutrición                                   E46

 

PROCEDIMIENTO:

El primer paso es asignar los códigos a cada uno de los diagnósticos; al respecto le señalamos que el código correcto para:

Fibrosis pulmonar es:      J84.1

Tabaquismo es:              F17.2

El siguiente paso es aplicar el proceso de selección de la causa básica de muerte. Previo a ello le señalamos que a partir del año 2018 en México se están utilizando las actualizaciones de la CIE-10 contempladas en su Edición 2018, por lo que este caso se resolverá con el procedimiento que se aplica con dicha Edición:

SP3= J44.9

PIT= J44.9

SP6= F17.2

PIT= F17.2

SP7 y SP8= No aplican, ya que el Tabaquismo no es una causa mal definida, tampoco es una causa poco probable de causar la muerte (Ver Anexos 7.3 y 7.4 en el Vol. 2 de la CIE-10).

M1= J44.9. Sección 4.2.5 Instrucciones especiales sobre asociaciones y otras disposiciones (Paso M1), que señala que no debe utilizarse la Categoría F17.- (Trastornos mentales y del comportamiento debidos al uso del tabaco), si se conoce la afección física resultante, y en este caso, la Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (J44.9), es la afección física resultante.

CBP= J44.9

M2-M4= No aplican

CB= J44.9 (Enfermedad pulmonar obstructiva crónica)

Es importante destacar que con la información registrada en este certificado, la CIE-10 no contempla ninguna instrucción como para dejarlo en J44.8.

Saludos cordiales

Amanda Navarro, Adriana Orellano, Moderadoras, Grupo Colegiado.