Se aprobó la Ley de Promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes
La reciente aprobación de la Ley de Promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes es un paso necesario, fundamental y complementario a las iniciativas que el Perú está llevando adelante por la salud y el bienestar de los peruanos.
Medidas como las que impulsa esta Ley están respaldadas por la evidencia científica, honran los compromisos internacionales asumidos por el Perú, y son coherentes con la promoción de alimentos naturales que forman parte del capital cultural de nuestros pueblos.
Más de dos mil millones de personas en todo el mundo sufren de sobrepeso, obesidad y alteraciones metabólicas. La letalidad de estas enfermedades afecta de manera desproporcionada a las personas pobres y carentes de recursos, y además acarrean una pérdida enorme a los sistemas de salud y a la productividad. En el Perú, según la ENDES 2011, el 52% de mujeres en edad fértil y el 24% de los niños entre 5 y 9 años presentan obesidad y sobrepeso.
Los dos factores principales que explican estas tendencias son la reducción en la actividad física y los cambios de los patrones alimentarios caracterizados por el alto consumo de bebidas no alcohólicas y productos procesados con grasas trans y alto contenido en azúcar, sodio y grasas saturadas. Está demostrado que la publicidad de estos productos omite información sobre los efectos perjudiciales a la salud, fomenta obesidad y socava la autoridad de los padres.
Existen cuatro aspectos fundamentales para el control de la epidemia de las enfermedades crónicas no transmisibles (ECNTs) que están contemplados en la Ley: la educación nutricional, la promoción del deporte y la actividad física, la creación de entornos para una alimentación saludable en las escuelas y la regulación de la publicidad de los alimentos procesados no saludables dirigida a niños y adolescentes.
Destacamos que la situación a la que se ha llegado en materia de exposición de los niños a la publicidad de alimentos altos en sodio, azúcar, grasas saturadas o elaborados con grasas trans, colisiona con derechos humanos fundamentales reconocidos por distintos pactos y convenciones internacionales, como son el derecho a la vida, a la salud, a la alimentación y al acceso a la información establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 17(e); la Declaración Política de la Reunión de Alto Nivel de la Asamblea General sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles aprobada por la 66ª Asamblea General de las Naciones Unidas y el Informe del Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación presentado en la 19ª Sesión del Consejo de Derechos Humanos en 2011.
La aprobación de esta Ley es un paso trascendental de cumplimiento de los tratados internacionales suscritos por el Perú en el sentido de que “el Estado debe defender el interés superior del niño y adolescente". Así también, contribuye hacia la realización del derecho a la alimentación y al compromiso a nivel mundial de prevención y control de las ECNT. Es por ello, que esta importante Ley permitirá complementar las iniciativas que el Perú viene impulsando con éxito para lograr un sistema integrado de la promoción de la salud en beneficio de toda la población.
La OPS, a través de la Alianza Panamericana por la Nutrición y el Desarrollo, ha venido apoyando el proceso de elaboración y aprobación del proyecto de Ley, con varias actividades de carácter científico-técnico. De igual modo se ha venido acompañando el proceso que tiene lugar en paralelo en el seno del Parlatino, en busca de la elaboración de una ley consenso que regule la publicidad engañosa y promueva la alimentación saludable, especialmente entre niños, niñas y adolescentes.
La OPS, fundada en 1902, es la más antigua organización internacional de salud pública del mundo. Trabaja con sus países miembros para mejorar la salud y la calidad de vida de los pueblos de las Américas. También sirve de Oficina Regional de la OMS para las Américas.
Enlaces de interés
- Declaración Política de la Reunión de Alto Nivel de la Asamblea General sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles (A/66/L.1).
- Informe del Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación presentado en la 19ª Sesión del Consejo de Derechos Humanos en 2011.