La finalidad y el alcance del Reglamento Sanitario Internacional (2005) son «prevenir la propagación internacional de enfermedades, proteger contra esa propagación, controlarla y darle una respuesta de salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pú-blica y evitando al mismo tiempo las interferencias innecesarias con el tráfico y el comercio internacionales». Como el RSI (2005) no se limita a enfermedades determinadas sino que se aplica a los nuevos y siempre cambiantes riesgos para la salud pública, se espera que tenga una pertinencia duradera para la respuesta internacional ante la aparición y la propagación de enfermedades. El RSI (2005) también sirve de base jurídica a importantes documentos sanitarios relativos a los viajes y el transporte internacionales así como a la protección sanitaria de los usuarios de aeropuertos y puertos internacionales y pasos fronterizos terrestres.
Esta tercera edición contiene el texto del RSI (2005), el texto de la resolución WHA58.3 de la Asamblea Mundial de la Salud, la versión y enmendada del anexo 7 (relativa al periodo de la vacunación contra la fiebre amarilla y la validez de los certificados correspondientes) que entró en vigor el 11 de julio de 2016, la versión de la Parte Sanitaria de la Declaración General de Aeronave que entró en vigor el 15 de julio de 2007, y apéndices en los que figuran una lista actualizada de los Estados Partes así como las reservas y otras comunicaciones de los Estados Partes en relación con el RSI (2005).
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